TESTIMONIO: VISTO: La existencia de Leyes Nacionales y Provinciales, como así - también normas reglamentarias o complementarias de las mismas, que establecen pautas de tareas insalubre y/o infectocontagiosas, Que es menester legislar en el ámbito comunal las tareas men- cionadas y adecuarlas a las normas vigentes, y CONSIDERANDO: Que es de importancia para la protección de la salud de los - agentes, para el establecimiento de su régimen horario, y los descuentos jubi latorios especiales, POR ELLO: El Honorable Concejo Deliberante del Partido de Balcarce, en uso de sus atribuciones, sanciona la siguiente: O R D E N A N Z A Nº 86/86 ----------------------------- ARTICULO 1.- El Departamento Ejecutivo queda autorizado, previo estudio de - ------------ cada tarea a determinar las áreas de personal comprendido en la llamada tarea insalubre, peligrosa, infectocontagiosa o causante de vejez pre matura; ateniéndose a tal fin a las normas legales en vigencia o dictámen de la Subsecretaría de Trabajo, si correspondiere.------------------------------ ARTICULO 2.- Cúmplase, comuníquese, regístrese y publíquese.--------------- ------------ DADA en la Sala de Sesiones del Honorable Concejo Deliberante, en Sesión Or- dinaria, a los diez días del mes de septiembre de mil novecientos ochenta y seis. FIRMADO: Héctor C. Galella - PRESIDENTE - Juan José Troya - SECRETARIO. ORDENANZA N§ 86/86.- -------------------